Regulan ingreso de camiones y otras actividades en el centro de Maldonado y al Sur de la Calle 31 de la península

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SC000757

La resolución Nº 08710/2023 que deja sin efecto a la Nº 09231/2015 dispone a establecer una regulación diferencial dentro del Departamento de Maldonado relativo a la circulación de vehículos en general y a otras actividades, donde se destacan entre otras medidas la regulación anual y la prohibición de circulación de vehículos de transporte de carga en la zona centro de la ciudad de Maldonado.

Estás variantes se aplican a los efectos de tener una visión global del uso del espacio vial en las zonas urbanizadas del Departamento de Maldonado, que permitirán el mejor aprovechamiento de las vías de tránsito y descongestionarlas.

Para aquellos vehículos habilitados para transporte, cuya carga máxima autorizada sea entre 5000 kg. hasta 10.500 kg., el horario permitido para ingresar a la zona comprendida por las vías de tránsito (no incluidas) avenida Juan Antonio Lavalleja, avenida Batlle y Ordoñez hasta Bergalli, 19 de abril, Cachimba del Rey, 3 de Febrero y avenida Joaquín de Viana (micro-centro) será desde las 20:00 a las 10:00 horas de la mañana del día siguiente.

La misma restricción se aplica para la zona comprendida al Sur de la Calle 31 de la Península de Punta del Este.

Queda prohibida la circulación por los Puentes Leonel Viera (La Barra) de vehículos cuya carga máxima autorizada supere los 5.000 kg.

Los cortes de pavimentos deberán ser solicitados ante la Dirección General de Obras y Talleres, y previamente coordinados con la Dirección General de Tránsito y Transporte; salvo en los casos de emergencia, que se deberá dar aviso a esta última dirección.

La regulación para alta temporada será a partir del día 15 de diciembre de cada año y hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, en las ciudades de Maldonado, Punta del Este y Piriápolis, así como en los balnearios y/o urbanizaciones costeras (Solís, Las Flores, Playa Verde, Playa Hermosa, Playa Grande, Punta Fría, San Francisco, Punta Colorada, Punta Negra, La Barra, Manantiales, El Chorro, Punta de Piedras, balneario Buenos Aires, Santa Mónica, La Juanita y Faro de José Ignacio).

Quedan exceptuados de dichas restricciones, los vehículos de emergencia en general; así como los camiones del servicio de recolección de residuos, que tengan justificado su ingreso a las zonas mencionadas en el presente artículo.

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